1. El Convenio de la OIT N° 131, de 1970, relativo a la fijación de salarios mínimos, señala en su artículo 3°: “Entre los elementos que deben tenerse en cuenta para determinar el nivel de los salarios mínimos deberían incluirse, en la medida en que sea posible y apropiado, de acuerdo con la práctica y las condiciones nacionales,
los siguientes:
a) las necesidades de los trabajadores y de sus familias, habida cuenta del nivel general de salarios en el país, del costo de vida, de las prestaciones de seguridad social y del nivel de vida relativo de otros grupos sociales;
b) los factores económicos, incluidos los requerimientos del desarrollo económico, los niveles de productividad y la conveniencia de alcanzar y mantener un alto nivel de empleo.”[1]
2. Considerando el marco otorgado por la OIT, la fijación del salario mínimo tiene como propósito principal asegurar un nivel mínimo de ingreso a los trabajadores menos calificados y que están en una posición más vulnerable en el mercado laboral, contribuyendo a elevar las condiciones de vida de los hogares a los que pertenecen estos trabajadores. Adicionalmente, el salario mínimo también busca corregir algunas distorsiones (fallas de mercado) que se presentan en el mercado del trabajo.
3. En el proceso de fijación del nivel del salario mínimo siempre está presente la tensión que el monto fijado no desincentive la mantención y creación de empleos y que sea un ingreso suficiente para cubrir las necesidades del trabajador y de su familia.
4. La importancia del proceso de fijación del salario mínimo se explica por los bajos niveles de sindicalización y de negociación colectiva, lo que implica que -en los hechos- la negociación del salario mínimo es la principal negociación salarial del país.
5. Adicionalmente, la negociación del salario mínimo está
revestida de un alto valor simbólico, toda vez que la fijación del nivel del salario mínimo implica en cierta medida la determinación del valor social que se otorga al trabajo y en tal sentido opera como una fuerte señal al mercado y a sus agentes.
6. Los efectos sociales y económicos de la fijación del salario mínimo explican, tal como lo ha señalado la OCDE, que el salario mínimo también tiende a operar “como fuerte referencia de pago en el sector informal”.
7. Por otro lado, el salario mínimo no sólo incide en los sectores económicos menos productivos, en las empresas más pequeñas y en los trabajadores menos calificados o que se encuentran en la informalidad.
Algunos sectores económicos altamente competitivos y con importantes utilidades (como son la industria del retail, la banca y la construcción) ocupan una gran cantidad de trabajadores externalizados, muchos de los cuales perciben un ingreso mensual igual o en torno al salario mínimo (entre uno, uno coma cinco y dos salarios mínimos mensuales).
8. Lo anterior es especialmente relevante, ya que como lo ha indicado recientemente la Fundación Sol en su informe sobre empleo del trimestre febrero-abril de 2011, el 95% de los empleos asalariados que se han creado en el último trimestre corresponden a puestos de trabajo externalizados, esto es, empleos bajo la modalidad de subcontratación, servicios transitorios y suministro de personal. A su turno, el mayor nivel de empleos asalariados creados en este mismo período corresponde a los sectores de la industria, el comercio, los servicios y la construcción.
9. Cabe tener presente que de acuerdo con la información de la Base de Datos del Seguro de Cesantía, dos millones de trabajadores perciben, en promedio, remuneraciones equivalentes a 1 ó 1,5 salarios mínimos mensuales.
10. En consecuencia, dada la magnitud de trabajadores que perciben una remuneración igual o en torno al salario mínimo, su determinación (en caso de elevarse) contribuye a reducir desigualdades, mejorando la distribución de los ingresos de los trabajadores tanto del sector formal como informal. En definitiva, un alza en el monto del salario mínimo implica una mejora en la equidad.
11. En cuanto a los factores y variables que inciden en la fijación del salario mínimo, puede destacarse lo siguiente:
a. Crecimiento económico: existe una proyección de crecimiento económico del país para el año 2011 de 6,5% (la más alta dentro de los países que son miembros de la OCDE). Esta tendencia se ve reforzada con el IMACEC de abril de 2011 que fue de un 6,3%.
b. Desempleo: la tasa de desempleo registrada en el último
trimestre móvil alcanza a un 7,0%.
c. Inflación: el IPC proyectado para el año 2011 es de un 4,3%, lo que se traduce en un alza sostenida en los precios de los bienes, particularmente en los bienes y servicios de primera necesidad (alimentos y transportes).
d. IPC de los Alimentos: el IPC de los alimentos registra un valor acumulado de un 6,8% en el período comprendido entre julio de 2010 (mes en el que comenzó a regir el salario mínimo actualmente vigente)y abril de 2011.
12. Las variables económicas señaladas en el número anterior muestran que existe un entorno favorable a la propuesta de incremento del salario mínimo formulada por la CUT (que propone aumentar el salario mínimo pasando de $ 172.000 a $ 190.000 mensuales).
13. En efecto, la economía está creciendo a un buen ritmo (como lo muestra la cifra del IMACEC de abril de 2011) y se están creando empleos (logro ampliamente celebrado por el gobierno al dar a conocer la última cifra de desempleo, ocasión en la que además se destacó el aumento del empleo asalariado), por lo que el fantasma de la cesantía no debiera constituir una amenaza creíble que impida realizar un esfuerzo encaminado a mejorar la distribución del ingreso del país, mejorando las condiciones de vida de los trabajadores que percibe un salario en torno al ingreso mínimo.
14. Por otro lado, la economía ha registrado un aumento sostenido en el nivel de precios, especialmente de los bienes y servicios de primera necesidad (alimentos y transporte) y las proyecciones dan cuenta que este incremento se mantendrá en los próximos meses, afectando severamente el poder adquisitivo de los trabajadores asalariados.
15. Desde esta perspectiva y dado el entorno señalado, la propuesta de reajuste del salario mínimo formulada por la CUT es razonable y atendible. El crecimiento económico no se puede sostener ni afianzar sobre la base de la precarización del empleo y a costa de los trabajadores.
16. La propuesta de la CUT se estructura en base a los siguientes componentes:
a. Reajuste del salario mínimo en 10,46%, pasando de $172.000 a $ 190.000 mensuales.
b. Bono extraordinario de $ 40.000 para los pensionados del INP, de la Ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y de las AFPs (mujeres mayores de 60 años y hombres mayores de 65 años) con pensiones inferiores a $255.000, destinado a compensar las alzas en los precios de los bienes y servicios básicos.
c. Reajuste del monto de la asignación familiar y maternal y de los tramos de ingresos:
- Tramo 1: asignación familiar de $10.000 para beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $ 200.000 (actualmente es de $6.776, para ingreso con un tope de
$177.212).
- Tramo 2: asignación familiar de $8.000 para beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $350.000 (actualmente es de $4.902, para ingreso con un tope de $298.028).
- Tramo 3: asignación familiar de $4.000 para beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $500.000 (actualmente es de $1.549, para ingreso con un tope de $464.823).
CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL
CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES CUT
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