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jueves, 28 de abril de 2016

TC declara inconstitucional la titularidad sindical

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El Tribunal Constitucional confirmó su decisión de declarar inconstitucional la titularidad sindical. Además, declaró en esta misma categoría, aunque de manera parcial, a la extensión de beneficios.

A la espera que el Tribunal Constitucional entregue el fallo respecto de los recursos de impugnación presentados por Chile Vamos, fuentes al interior de la entidad confirmaron que el primero de los puntos, la titularidad sindical, fue declarada inconstitucional por lo que dicho artículo deberá ser retirado.
Recordemos que a las 10:30 de la mañana se reunieron los diez ministros del Tribunal Constitucional en una sesión extraordinaria del Pleno. El encuentro tiene por como objetivo llegar a un acuerdo sobre la impugnación de los cuatros puntos de la Reforma Laboral interpuesta por los parlamentarios de la oposición: Titularidad sindical, extensión de beneficios, sindicato interempresa y derecho a la información.
Esto, luego de la audiencia pública que se desarrolló este lunes, donde el organismo recibió a 47 organizaciones, representantes políticos y centros de estudios, y, también, escuchó los alegatos del Gobierno y de los mismos requirentes.
De acuerdo a esto, el Tribunal evaluaría si los argumentos  presentados por los parlamentarios de Chile Vamos se ajustarían a la constitución o no.
Si bien el acuerdo tiene carácter reservado hasta que se firme la sentencia, fijada con plazo máximo hasta el próximo 9 de mayo, el organismo habría decidido dar a conocer el resultado para evitar filtraciones posteriores o especulaciones sobre el fallo, como ocurrió con la glosa del presupuesto 2016 para la gratuidad de la Educación Superior, en diciembre pasado.
Sin embargo,  luego de las exposiciones ante el Tribunal, se abrieron cuestionamientos sobre la interpretación de algunos puntos impugnados, particularmente, en la extensión de beneficios.
Esto, porque el  abogado del Gobierno, Francisco Tapia, habría argumentado una moderación a la extensión de beneficios asegurando que “la afiliación al sindicato no genera automáticamente la incorporación de los beneficios a los trabajadores, sino que será el pacto colectivo, a través de la intervención del sindicato y el empleador, el que va a establecerlo”.
También, el abogado representante de la oposición, Gastón Gómez, asumió un posible “error” de lectura en la negociación interempresa.
Sobre este último punto, el abogado laboralista César Toledo, manifestó que asumen un “error” pero es un “error imperdonable” porque todos sus argumentos representan al mundo empresarial.
Además, a su parecer, claramente los parlamentarios no habrían leído con detalle el proyecto ya que en ninguna parte se consagra la negociación interempresa, sino que es otra figura colectiva.
En la audiencia Pública que se desarrolló este lunes, y que se extendió por más de diez horas, la Asociación de Abogados Laboralistas advirtió que si se llegase a aprobar este requerimiento  Chile sería “el primer país del mundo que les permitiría a trabajadores que deciden no sindicalizarse, aprovechar todas las conquistas sindicales”, respecto de la extensión de beneficios.
Recordemos que los cuatro puntos impugnados son la titularidad sindical, la extensión de beneficios, la negociación interempresa, y el derecho de información para la negociación colectiva.

Fuente: TC declara inconstitucional la titularidad sindical

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